¿Qué es el Depósito Legal?
El Depósito Legal es la exigencia impuesta por la Ley de depositar en instituciones específicas ejemplares de publicaciones de todo tipo, reproducidas en cualquier soporte material, por cualquier procedimiento para distribución o divulgación pública, alquiler o venta.
Por publicaciones se entiende todas las obras y producciones intelectuales que constituyan expresiones literarias, educacionales, científicas y afines, contenidas en soportes materiales resultantes de cualquier procedimiento técnico de producción y que se destinen a la distribución, alquiler o venta.
Los autores de nacionalidades panameñas y domiciliadas en Panamá que publiquen sus obras en el extranjero deben cumplir con el Depósito Legal.
Las publicaciones oficiales, es decir, las obras editadas por orden y a expensas de las autoridades públicas, cualquiera que sea el soporte, para uso del público en general o para su distribución limitada, son objeto del Depósito Legal.
Objetivos del Depósito Legal
1. Conformar una colección nacional de materiales bibliográficos de todo tipo, a fin de asegurar el registro y conservación de la producción intelectual nacional;
2. Preservar, transmitir, desarrollar y defender la cultura nacional;
3. Posibilitar el control, compilación, publicación y divulgación de la Bibliografía Nacional y facilitar el control estadístico de la producción editorial.
La Fundación Biblioteca Nacional de Panamá exhorta a todos los ciudadanos de la República a cumplir con las disposiciones del Depósito Legal y les informa que las publicaciones panameñas que se reciben por este conducto, son promocionadas y divulgadas a través del Catálogo en línea de la Biblioteca Nacional “Ernesto J. Castillero R”.
Texto único Ley 47 de 1946 Orgánica de Educación Artículo 151:
Toda imprenta en la República está en la obligación de enviar a la Biblioteca Nacional y a las bibliotecas públicas establecidas en el lugar donde dicha imprenta radique, dos ejemplares de cada folleto, libro, periódico u hoja suelta que publique a cada una de ellas, dentro de los tres (3) días siguientes a su publicación. Las imprentas que falten al cumplimiento de esta obligación serán multadas por el Alcalde del Distrito, a solicitud del Director de la Biblioteca respectiva, en una suma no menor de cinco balboas (B/.5.00).
Favor enviar sus mensajes relativos al depósito legal a la siguiente dirección electrónica: grive-imgmail